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2a. LXXIX/2011 (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

TELECOMUNICACIONES. EL ARTÍCULO 2o., FRACCIÓN II, INCISO C), DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.

[TA]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 3; Pág. 2039

Precedentes

Amparo en revisión 331/2011. Comunicaciones Nextel de México, S.A. de C.V. 25 de mayo de 2011. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Claudia Mendoza Polanco. Amparo en revisión 357/2011. 8 de junio de 2011. Cinco votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretaria: Laura Montes López. Nota: Por instrucciones de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro II, Tomo 1, noviembre de 2011, página 502, se publica nuevamente con la supresión en el segundo precedente de los datos personales, a petición del promovente, posterior a su publicación inicial.