2a. XIII/2012 (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Común
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. LOS MUNICIPIOS DE MORELOS CARECEN DE INTERÉS LEGÍTIMO PARA IMPUGNAR EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO.
[TA]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro VII, Abril de 2012; Tomo 2; Pág. 1273
El interés de los Municipios de Morelos en que se garantice la autonomía de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado, al ser éste el órgano encargado directamente de revisar y fiscalizar su cuenta pública, no constituye en sí mismo un interés legítimo, entendido como la afectación al ámbito de atribuciones de la entidad, poder u órgano demandante o, en su defecto, un principio de agravio o afectación, sino que se traduce en un mero interés simple, similar al que cualquier miembro de la sociedad puede tener en que se cumpla el marco constitucional y legal. En este sentido, aun cuando los Municipios traten de evidenciar una posible afectación a su esfera de atribuciones, es decir, pretendan evitar una futura actuación parcial o dependiente por parte del órgano de fiscalización, es la afectación actual al ámbito de competencia la que otorga el interés legítimo y no la posibilidad de que ocurra; sostener lo contrario sería tanto como extender extraordinariamente la condición de afectación no al presente, sino a una situación potencial, además de que sentaría el erróneo criterio de que existe interés legítimo cada vez que un órgano o poder se sienta afectado por la actuación de otro. Consecuentemente, los Municipios no gozan del interés que se requiere para la procedencia de la controversia constitucional, al no incidir el Reglamento Interior de la Auditoría, en modo alguno, sobre los derechos, facultades, funciones y servicios de que son titulares, ni ser susceptible de causarles una afectación o privarlos de algún beneficio al que tuvieran derecho.
Precedentes
Controversia constitucional 141/2008. Municipio de Jiutepec, Estado de Morelos. 8 de junio de 2011. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: María Vianney Amezcua Salazar.