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III.2o.T.Aux.33 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, AL ESTABLECER QUE LOS OBLIGADOS AL PAGO DE DICHA CONTRIBUCIÓN DEBEN PROPORCIONAR MENSUALMENTE A LAS AUTORIDADES FISCALES LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A SU PAGO, RETENCIÓN, ACREDITAMIENTO Y TRASLADO EN LAS OPERACIONES CON SUS PROVEEDORES, NO TRANSGREDE EL DERECHO A LA VIDA PRIVADA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1317

Precedentes

Amparo directo 899/2010. Servicio Magdalena, S.A. de C.V. 13 de enero de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Rochín Guevara. Secretario: Juan Carlos Sánchez Cabral. Notas: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia en términos del punto 11 del capítulo primero del título cuarto del Acuerdo Número 5/2003 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las Reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte . La denominación actual del órgano emisor es la de Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco.

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