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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/162078

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 7 de octubre de 2015, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 358/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

VII.3o.P.T.10 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal
Registro digital (IUS)
162078
Clave de tesis
VII.3o.P.T.10 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común, Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1224

MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITO A LOS TRIBUNALES DE AMPARO. CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA LA SENTENCIA QUE CONCEDE LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A UN TERCERO EXTRAÑO A LA CAUSA PENAL, POR FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y/O MOTIVACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DICTADA EN UN INCIDENTE NO ESPECIFICADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1224

Precedentes

Amparo en revisión 106/2010. 7 de enero de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Mario A. Flores García. Secretaria: Claudia Vázquez Montoya. Nota: Por ejecutoria del 7 de octubre de 2015, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 358/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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