Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XV.4o.46 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

ADMINISTRADORES LOCALES DE RECAUDACIÓN DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. NO ESTÁN FACULTADOS PARA ACTUALIZAR LOS CRÉDITOS FISCALES AL REQUERIR SU PAGO (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 6 DE JUNIO DE 2005).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1424

Precedentes

Revisión fiscal 83/2010. Subadministrador de la Administración Local Jurídica de Tijuana, en suplencia por ausencia del Administrador Local Jurídico de Tijuana y en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 19 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretario: Adalberto Figueroa Rosas.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia administrativa