Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/163612

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 25 de mayo de 2011, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 66/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que la jurisprudencia 2a./J. 69/2011 resuelve el mismo problema jurídico.

XXIII.1o.(IX Región) J/1Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
163612
Clave de tesis
XXIII.1o.(IX Región) J/1
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Octubre de 2010; Pág. 2743

LAUDO. LA CITA PARA LA AUDIENCIA DE DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DE ÉSTE, SIN MEDIAR EL TÉRMINO DE CINCO DÍAS PREVIOS A LA ENTREGA DE LAS COPIAS DEL PROYECTO A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO LABORAL QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Octubre de 2010; Pág. 2743

Precedentes

Amparo directo 410/2010. Adolfo Hernández Franco. 9 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Eduardo Antonio Loredo Moreleón. Secretaria: Lorena Casillas Baca. Amparo directo 358/2010. Adrián de Guadalupe Valencia Lomelí. 9 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Eva Elena Martínez De la Vega. Secretario: José Noé Egure Yáñez. Amparo directo 364/2010. Lorena Sahagún Pérez. 9 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Eva Elena Martínez De la Vega. Secretario: Carlos Alberto Arroyo Joachín. Amparo directo 409/2010. Graciela Juárez Téllez. 9 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Eva Elena Martínez De la Vega. Secretario: David Segura Pérez. Amparo directo 383/2010. Erika Yunuemm Hernández Hurtado. 17 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Eduardo Antonio Loredo Moreleón. Secretario: Juan Aguilar Rodríguez. Nota: Por ejecutoria del 25 de mayo de 2011, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 66/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que la jurisprudencia 2a./J. 69/2011 resuelve el mismo problema jurídico.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia laboral

Registro digital (IUS): 163612