I.3o.C.843 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
INSTITUTO FEDERAL DE ESPECIALISTAS DE CONCURSOS MERCANTILES. LAS OPINIONES DE SUS ESPECIALISTAS SÓLO ORIENTAN A LOS JUZGADORES FEDERALES AL TENER EL CARÁCTER DE PERITOS EN MATERIA DE CONCURSOS MERCANTILES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Octubre de 2010; Pág. 3077
El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, por sus siglas IFECOM, fue creado por disposición de la Ley de Concursos Mercantiles publicada en el Diario Oficial de la Federación el doce de mayo de dos mil, como un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, con autonomía técnica y operativa, cuya principal finalidad es la de autorizar el registro de las personas que acrediten cubrir los requisitos necesarios para realizar las funciones de visitador, conciliador o síndico, dentro de las distintas fases de los procedimientos de concurso mercantil, quienes apoyarán a los juzgadores federales en materia concursal en los aspectos técnicos involucrados en los procedimientos respectivos; de tal manera que por cuanto hace a sus funciones en relación con cada concurso mercantil de manera concreta y específica, dicho instituto funge en su carácter de auxiliar de la administración de justicia, esto es, tiene el carácter de perito en materia de concurso mercantil, por lo que sus opiniones y dictámenes respecto de cada uno de los puntos que son sometidos a su consideración no constituyen un juicio definitivo, sino que los mismos sirven como criterios orientadores para los juzgadores federales que, como rectores del procedimiento de concurso mercantil, son quienes emitirán un juicio al respecto; estimar lo contrario, implicaría dejar al arbitrio de un especialista la solución del caso en concreto y, por tanto, que se erigieran dos juzgadores para la solución de un mismo negocio lo cual resulta indebido, ya que el rector y piedra angular del procedimiento de concurso mercantil, como bien quedó establecido en la exposición de motivos de la Ley de Concursos Mercantiles, es un Juez Federal.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 193/2009. Subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 1o. de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Secretario: Salvador Andrés González Bárcena.