2a. XLVII/2010Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Laboral
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY ORGÁNICA RELATIVA, NO CONSTITUYE UNA LEY PRIVATIVA.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Julio de 2010; Pág. 322
El artículo
cuarto transitorio de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009, que obliga a los trabajadores de base de dicha Institución, a decidir entre: I. Manifestar su voluntad de permanecer en la Procuraduría General de la República en cuyo caso deberán someterse a las evaluaciones de control de confianza y de competencias profesionales y aprobarlas; II. Acogerse al programa de reubicación dentro de la administración pública federal conforme con su perfil; o, III. Adherirse al programa de conclusión de la prestación de servicios en forma definitiva de los servidores públicos de la administración pública federal, no viola el artículo
13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, pues no se dirige a personas nominalmente designadas, sino a todo el personal de base de esa Institución, pues constituye una norma general, abstracta e impersonal.
Precedentes
Amparo en revisión 172/2010. Horacio Lozada Benítez. 12 de mayo de 2010. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretarias: Estela Jasso Figueroa y María Marcela Ramírez Cerrillo.
Amparo en revisión 161/2010. Elvira Ramos Morales. 12 de mayo de 2010. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos.