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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/164909

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 7 de diciembre de 2011, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 340/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.5o.P.67 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
164909
Clave de tesis
I.5o.P.67 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3062

ROBO CALIFICADO COMETIDO EN UN LUGAR HABITADO. SUS DIFERENCIAS RESPECTO DEL COMETIDO EN UNO DESTINADO PARA HABITACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3062

Precedentes

Amparo directo 310/2008. 15 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa Guadalupe Malvina Carmona Roig. Secretario: José Francisco Becerra Dávila. Nota: Por ejecutoria del 7 de diciembre de 2011, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 340/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 164909