IV.3o.T. J/81Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
SALARIO. LOS ÚLTIMOS RECIBOS DE NÓMINA SON APTOS PARA ACREDITAR SU MONTO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Diciembre de 2009; Pág. 1376
Si existe controversia sobre el salario y el patrón exhibe diversos recibos de nómina, todos del año en que el trabajador alega que fue despedido, tales documentos son aptos para acreditar su monto que la demandada aduce le cubría al actor en forma periódica, pues dichos recibos comprenden la última semana que dijo el accionante trabajó a su servicio; además de que éste nunca señaló que el salario hubiese tenido algún incremento ni reclamó diferencias; a mayor razón si esos recibos se encuentran suscritos de puño y letra del trabajador, como lo determinaron los peritos de las partes.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 939/96. Francisco Martínez Rodríguez. 21 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretaria: Gloria Fuerte Cortés.
Amparo directo 965/2003. Claudia Guadalupe Garza Rodríguez. 4 de febrero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo R. Ríos Vázquez. Secretaria: Myrna Gabriela Solís Flores.
Amparo directo 421/2005. Jorge Hernández Lara y otro. 3 de noviembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: María Guadalupe Chávez Montiel.
Amparo directo 32/2007. Marco Antonio Espinoza Escobar. 15 de mayo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Cabello González. Secretaria: Myrna Gabriela Solís Flores.
Amparo directo 424/2009. **********. 9 de septiembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: Angélica María Torres García.