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P. LXII/2009Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

FACULTAD DE ATRACCIÓN. EL PLENO ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LAS SOLICITUDES FORMULADAS POR UNA SALA DE LA SUPREMA CORTE (INTERPRETACIÓN DEL PUNTO TERCERO, FRACCIÓN VIII, DEL ACUERDO GENERAL PLENARIO 5/2001).

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Diciembre de 2009; Pág. 9

Precedentes

Facultad de atracción 74/2008-PL. Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 20 de abril de 2009. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Margarita Beatriz Luna Ramos y Genaro David Góngora Pimentel. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel; en su ausencia hizo suyo el asunto Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretarios: Javier Arnaud Viñas y Emmanuel G. Rosales Guerrero. El Tribunal Pleno, el diecinueve de octubre en curso, aprobó, con el número LXII/2009, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a diecinueve de octubre de dos mil nueve. Nota: El Acuerdo General 5/2001, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, julio de 2001, página 1161.

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