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I.3o.C.744 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

CONVIVENCIA DE PERSONAS MENORES DE EDAD CON SUS PADRES. LOS ACTOS QUE LA AFECTAN DEBEN CONSIDERARSE DE IMPOSIBLE REPARACIÓN Y, POR TANTO, DE IMPUGNACIÓN INMEDIATA A TRAVÉS DEL JUICIO DE GARANTÍAS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Septiembre de 2009; Pág. 3112

Precedentes

Amparo en revisión 12/2009. 19 de febrero de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Secretario: Salvador Andrés González Bárcena. Nota: Por ejecutoria del 25 de enero de 2012, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 408/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que ya existe la jurisprudencia 1a./J. 41/2001 que resuelve el mismo problema jurídico. Por ejecutoria del 2 de mayo de 2012, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 31/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que ya existe la jurisprudencia 1a./J. 41/2001 que resuelve el mismo problema jurídico.

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