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1a./J. 125/2008 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO EN MATERIA MERCANTIL. PUEDE PROMOVERSE HASTA ANTES DE QUE SE HAYA DADO POSESIÓN DE LOS BIENES AL REMATANTE O AL ACTOR (APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEGISLACIÓN PROCESAL CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL).

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Marzo de 2009; Pág. 337

Precedentes

Contradicción de tesis 77/2008-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Noveno, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 29 de octubre de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan N. Silva Meza. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Alberto Rodríguez García. Tesis de jurisprudencia 125/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha cinco de noviembre de dos mil ocho. Nota: En la sesión celebrada el veinticuatro de marzo de dos mil diez, se declaró infundada la solicitud de modificación de jurisprudencia 10/2009, en la cual se solicitó la modificación de la tesis jurisprudencial 1a./J. 125/2008, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros integrantes de la Primera Sala: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero de García Villegas (Ponente), y Presidente en funciones Juan N. Silva Meza. Ausente el Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.

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