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2a./J. 21/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

DOTACIÓN O AMPLIACIÓN DE TIERRAS EJIDALES. LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO EN ALGUNO DE ESOS PROCEDIMIENTOS, COMO AUTORIDAD SUSTITUTA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SON IMPUGNABLES A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 114, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE LA MATERIA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Marzo de 2009; Pág. 448

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Séptimo, Décimo Quinto, Primero, Segundo, Tercero y Décimo Segundo, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 18 de febrero de 2009. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: María Antonieta del Carmen Torpey Cervantes. Tesis de jurisprudencia 21/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de febrero de dos mil nueve.

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