XVII.21 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal
ASEGURAMIENTO DE UN INMUEBLE POR EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN. EN EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA POR LA PERSONA QUE SE OSTENTA COMO PROPIETARIA DE AQUÉL, DEBE DARSE INTERVENCIÓN COMO TERCERO PERJUDICADO A QUIEN ACREDITA, AL MENOS INDICIARIAMENTE, QUE TAMBIÉN MANTIENE DERECHOS DE PROPIEDAD SOBRE DICHO BIEN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Enero de 2009; Pág. 2644
Si en el juicio de amparo promovido por la persona que se ostenta como propietaria del inmueble objeto de aseguramiento por el Ministerio Público de la Federación, comparece quien, mediante las constancias respectivas acredita, al menos indiciariamente, que mantiene derechos de propiedad sobre dicho bien, resulta evidente que también debe dársele intervención en el juicio constitucional como tercero perjudicado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 93/2008. 6 de noviembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Manuel Flores Lara, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Mara Cristina Flores Morales.