2a. CXIV/2008Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional
RECLAMACIÓN EN ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEDA SIN MATERIA EL RECURSO, SI DURANTE SU TRAMITACIÓN EL AUTO RECURRIDO ES REVOCADO MEDIANTE UNO DIVERSO.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Septiembre de 2008; Pág. 631
Conforme al artículo
70 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, si durante la tramitación de un recurso de reclamación interpuesto contra el auto del Ministro instructor que decreta la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad, se resuelve uno diverso que revoca dicho auto, es indudable que aquél queda sin materia, toda vez que el auto recurrido ya no puede producir efecto alguno.
Precedentes
Reclamación 24/2008-CA. Partido de la Revolución Democrática. 11 de junio de 2008. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro David Góngora Pimentel. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Óscar Rodríguez Álvarez.