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2a. XIX/2008Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

CONTRADICCIÓN DE TESIS ENTRE LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. EL PRESIDENTE DEL ALTO TRIBUNAL TIENE LEGITIMACIÓN PARA DENUNCIARLA.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Febrero de 2008; Pág. 721

Precedentes

Contradicción de tesis 19/2007-PL. Entre las sustentadas por la Primera y la Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 23 de enero de 2008. Mayoría de tres votos. Disidentes: Genaro David Góngora Pimentel y José Fernando Franco González Salas. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretarios: José Antonio Abel Aguilar Sánchez y Ricardo Manuel Martínez Estrada. Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.