XX.2o.78 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
PRUEBA PLENA. LA IDENTIFICACIÓN DEL INCULPADO COMO PARTÍCIPE DE UN DELITO POR PARTE DE LOS TESTIGOS ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR SU PROBABLE RESPONSABILIDAD SI EXISTE COPIA CERTIFICADA DEL LIBRO DEL JUEZ ADMINISTRATIVO DONDE REGISTRÓ QUE AQUÉL FUE ARRESTADO EL DÍA Y HORA DE LOS ACONTECIMIENTOS DELICTIVOS POR INFRACCIONES A LOS REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICÍA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Enero de 2008; Pág. 2812
La copia certificada de un libro donde un Juez administrativo municipal lleva el registro de las personas arrestadas por infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía, hace prueba plena de conformidad con el artículo
253 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chiapas
; consecuentemente, dicha documental es idónea para acreditar que en el día y hora de los acontecimientos delictivos, el reo se encontraba en lugar diverso al en que aquéllos se verificaron, hasta en tanto no se demuestre su falsedad y sea declarada nula mediante sentencia ejecutoria pronunciada por la autoridad judicial competente. En esas condiciones, la identificación del inculpado como partícipe del delito de que fue objeto por parte de los testigos, es insuficiente para comprobar su probable responsabilidad, pues es claro que ese indicio, por fuerte que sea, no puede prevalecer ante una prueba plena.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 368/2006. 29 de noviembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretario: Herminio Armando Domínguez Zúñiga.