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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de noviembre de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 160/2008-SS en que participó el presente criterio.

VI.3o.A.301 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
170608
Clave de tesis
VI.3o.A.301 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Diciembre de 2007; Pág. 1811

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. ES ILEGAL EL DESECHAMIENTO DE LA RECLAMACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO SUI GÉNERIS PREVISTO EN LA LEY RELATIVA, BAJO EL ARGUMENTO DE QUE DEBE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS PROPIOS DE UNA DEMANDA DE NULIDAD CONVENCIONAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Diciembre de 2007; Pág. 1811

Precedentes

Amparo directo 331/2007. Inmobiliaria Tolin, S.A. de C.V. 6 de septiembre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Alejandro Ramos García. Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de noviembre de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 160/2008-SS en que participó el presente criterio.

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