III.2o.T.190 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DESCUENTO AL SALARIO. SI EL TRABAJADOR LABORÓ DETERMINADO DÍA PERO OMITIÓ REGISTRAR SU HORA DE SALIDA, ES IMPROCEDENTE QUE SE LE EFECTÚE AQUÉL CON UNA JORNADA COMPLETA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Julio de 2007; Pág. 2488
Si el empleado laboró determinado día pero omitió registrar su hora de salida en el medio de control de asistencia implantado por la patronal, no debe descontársele la jornada completa, si el empleado sí realizó sus funciones para la empleadora ese día, los cuales invariablemente deben ser remunerados, pues de lo contrario se atentaría contra el derecho del trabajador a percibir su salario, contemplado tanto en la ley laboral como en el artículo
123 constitucional
.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 659/2006. Luis Octavio Ledesma Pérez. 18 de abril de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso M. Cruz Sánchez. Secretario: Dante Omar Rodríguez Meza.