XV.2o.14 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Laboral
COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA CONDONACIÓN Y RECONOCIMIENTO DEL PAGO DE CUOTAS AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. AL SER DICHAS PRESTACIONES DE NATURALEZA ADMINISTRATIVA Y NO LABORAL, CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ESTATAL, AUN CUANDO TAMBIÉN SE RECLAME EL RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD, SI ÉSTE SE ENCUENTRA ÍNTIMAMENTE RELACIONADO CON AQUÉLLAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Septiembre de 2006; Pág. 1412
Tratándose del reclamo relativo a la condonación de las cuotas previstas en el artículo
16 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California
, para efectos de jubilación o pensión, y del reconocimiento del pago de cuotas que se hubieran realizado a dicho organismo, su conocimiento corresponde al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, toda vez que, por una parte, son prestaciones de naturaleza administrativa y no laboral; y, por otra, en términos del artículo
2o.
de la ley del citado tribunal, a éste corresponde dirimir las controversias de carácter administrativo que se susciten entre la administración pública estatal, los Municipios y organismos descentralizados con los particulares, a pesar de que también se reclame el reconocimiento de antigüedad, si éste se encuentra íntimamente relacionado con la condonación y reconocimiento de pago de las mencionadas cuotas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Competencia 1/2006. Suscitada entre la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje, y la Segunda Sala del Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de Baja California, ambas con residencia en Tijuana, Baja California. 13 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Martínez Aragón. Secretario: Rubén Galaz Nubes.
Competencia 2/2006. Suscitada entre la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje, y la Segunda Sala del Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de Baja California, ambas con residencia en Tijuana, Baja California. 10 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Graciela M. Landa Durán. Secretaria: María Dolores Moreno Romero.