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P./J. 77/2006Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

EXTRADICIÓN. EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY RELATIVA ES INAPLICABLE CUANDO EXISTE TRATADO DE EXTRADICIÓN INTERNACIONAL CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL ESTADO SOLICITANTE.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Junio de 2006; Pág. 6

Precedentes

Contradicción de tesis 51/2004-PL. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y los Tribunales Colegiados Segundo y Séptimo de las mismas materia y circuito. 31 de enero de 2006. Mayoría de siete votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidentes: Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel y Juan N. Silva Meza. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada. El Tribunal Pleno, el dieciocho de mayo en curso, aprobó, con el número 77/2006, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a dieciocho de mayo de dos mil seis.

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