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1a. LXXII/2005Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

RECONSIDERACIÓN ADMINISTRATIVA. SU DESECHAMIENTO O NEGATIVA ES INATACABLE, AUN CUANDO SE RESUELVA FÍCTAMENTE.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Julio de 2005; Pág. 440

Precedentes

Amparo directo en revisión 600/2005. Servicios Generales de Administración, S.A. de C.V. 25 de mayo de 2005. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Miguel Bonilla López.