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1a./J. 122/2004 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

INTERÉS JURÍDICO DEL DEUDOR. NO SE ACREDITA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO, CUANDO SE RECLAMA LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA UN CONVENIO DE DACIÓN EN PAGO, RESPECTO DE LOS DERECHOS LITIGIOSOS DERIVADOS DE LA CONDENA AL PAGO DE LOS GASTOS Y COSTAS DEL JUICIO.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 320

Precedentes

Contradicción de tesis 67/2003-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo, Tercero y Cuarto, todos en Materia Civil del Tercer Circuito. 13 de octubre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Beatriz Joaquina Jaimes Ramos. Tesis de jurisprudencia 122/2004. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diecisiete de noviembre de dos mil cuatro. Nota: En términos de la resolución de diez de agosto de dos mil cinco, pronunciada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el expediente de aclaración de sentencia en la contradicción de tesis 67/2003-PS , el rubro y texto de la tesis 1a./J. 122/2004 , fueron sustituidos por los que aparecen publicados en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, octubre de 2005, página 336.

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