1a./J. 1/2005 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS. EL ARTÍCULO 15-C DE LA LEY QUE REGULA EL IMPUESTO RELATIVO, NO TRANSGREDE LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD TRIBUTARIAS (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2004).
[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Febrero de 2005; Pág. 281
El procedimiento para calcular la base del impuesto contenido en el artículo
15-C de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
, vigente en el dos mil cuatro, no es violatorio de los principios constitucionales de proporcionalidad y equidad tributarias, toda vez que toma en cuenta factores de depreciación que parten de una base objetiva, a saber: 1) el valor total del automóvil establecido en la factura original o carta factura y, 2) el paso del tiempo. Los factores mencionados son objetivos y aluden a todos los destinatarios de la norma; resultan elementos útiles y racionales a nivel legislativo que toda norma (general, abstracta e impersonal) requiere para poder ser aplicada sin violar el principio de universalidad. El hecho de que los factores estén preestablecidos en la norma, no puede sino beneficiar a los contribuyentes, dado que se traduce en un elemento de seguridad jurídica y, con ello, reflejan la capacidad contributiva de los causantes.
Precedentes
Amparo en revisión 1272/2004. Aditivos Mexicanos, S.A. de C.V. 29 de septiembre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Roberto Lara Chagoyán.
Amparo en revisión 1291/2004. Gustavo Alfonso García González y otro. 6 de octubre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Pedro Arroyo Soto.
Amparo en revisión 1323/2004. Gilberto Esparza González. 13 de octubre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Roberto Lara Chagoyán.
Amparo en revisión 1489/2004. Estafeta Mexicana, S.A. de C.V. 17 de noviembre de 2004. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Roberto Lara Chagoyán.
Amparo en revisión 1566/2004. Concepción Corpus de Casio. 24 de noviembre de 2004. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Rogelio Alberto Montoya Rodríguez.
Tesis de jurisprudencia 1/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintiséis de enero de dos mil cinco.