IX.2o.19 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RENUNCIA VERBAL. CUANDO EL TRABAJADOR MANIFESTÓ QUE SE SEPARARÍA CON POSTERIORIDAD A SU ANUNCIO, LA PRUEBA TESTIMONIAL ES INSUFICIENTE PARA HACER VEROSÍMIL SU EXISTENCIA, SI NADA DICEN LOS TESTIGOS ACERCA DE LO QUE EL TRABAJADOR REALIZÓ EL DÍA EN QUE TUVO VERIFICATIVO LA RENUNCIA ANUNCIADA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Septiembre de 2004; Pág. 1851
La renuncia que no se hace efectiva el mismo día en que verbalmente es anunciada, sino hasta después de que transcurra un cierto número de días señalado por el trabajador, comprende un hecho cuya existencia descansa en la realización de dos momentos; el primero, el de la anticipación de la renuncia; y, el segundo, en la exteriorización real de su verificación. Por ello, cuando los testigos aluden al hecho de que el trabajador en determinado lugar y fecha manifestó al representante de la fuente laboral que renunciaba a su trabajo, pero que dejaría de asistir cuando transcurrieran determinados días que necesitaba para preparar su entrega, tal prueba es insuficiente para hacer verosímil la existencia de la renuncia si nada dicen acerca de lo que el trabajador realizó el día señalado para que tuviera verificativo la renuncia anunciada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2/2004. Fernando Ontiveros Cordero. 10 de marzo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Elías Soto Lara. Secretario: Gustavo Almendárez García.