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VI.1o.C.65 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DIVORCIO, SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES POR MÁS DE DOS AÑOS, PROCEDE AUNQUE SE BASE EN HECHOS PROPIOS DE CUALQUIERA DE ELLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; Pág. 1597

Precedentes

Amparo directo 150/2004. 17 de mayo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: José Ignacio Valle Oropeza.