II.2o.P.138 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
VIOLENCIA MORAL. SE ACTUALIZA SI EL INCULPADO AMAGA AL PASIVO UTILIZANDO "UN DEDO" PARA SIMULAR QUE LLEVA CONSIGO UN ARMA, PUES ELLO EVIDENCIA EL ÁNIMO DE INTIMIDARLO Y VENCER SU RESISTENCIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Junio de 2004; Pág. 1486
En términos del artículo
290, fracción I, párrafo segundo, del Código Penal de la entidad
, la violencia moral se actualiza, entre otros casos, cuando se utilizan: "... amagos, amenazas o cualquier tipo de intimidación que el sujeto activo realice sobre el sujeto pasivo, para causarle en su persona o en sus bienes, males graves ..."; por tanto, si de acuerdo con la propia versión ministerial del sentenciado, éste acepta haber utilizado "un dedo", mismo con el que a manera de amago lo coloca en un costado del pasivo, ello evidencia el ánimo de intimidar a la víctima y vencer su resistencia con el propósito de causar un mal grave en su persona o bienes, lo que puede verse materializado con el desapoderamiento de distintos bienes, y si bien es cierto que no necesariamente "un dedo" es un "arma" con la que puede causarse un daño, en cambio, ello no priva de considerar evidenciada la violencia moral, aunque el medio aparentemente empleado para vencer la resistencia del pasivo no existiere materialmente o fuere simulado, esto último, dadas las circunstancias en que dicho "dedo" fue utilizado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 714/2003. 29 de enero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Pérez de la Fuente. Secretario: Jaime Arturo Cuayahuitl Orozco.