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I.6o.T.217 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
181518
Clave de tesis
I.6o.T.217 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Mayo de 2004; Pág. 1804

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. SU RECHAZO POR EL TRABAJADOR QUE DEMANDÓ LA REINSTALACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, HACE INNECESARIA SU CALIFICACIÓN DE BUENA O MALA FE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Mayo de 2004; Pág. 1804

Precedentes

Amparo directo 12776/2003. María Elena Arroyo Bravo. 29 de enero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretario: Augusto Santiago Lira. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 74/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 97/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, abril de 2006, página 208, con el rubro: " OFRECIMIENTO DE TRABAJO. PARA QUE SU RECHAZO POR EL TRABAJADOR INVALIDE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN, ES NECESARIO QUE AQUÉL SEA CALIFICADO POR LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE (APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 24/2001) ."

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