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I.7o.P.46 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO EN LA SUSPENSIÓN. LAS QUE SON ESTABLECIDAS PARA EFECTO DE QUE EL QUEJOSO SEA DEVUELTO AL JUEZ DE LA CAUSA CUANDO SE HA NEGADO EL AMPARO, SÓLO PUEDEN APLICARSE SI EL ACTO RECLAMADO SE REFIERE A LA ORDEN DE APREHENSIÓN, DETENCIÓN O RETENCIÓN Y NO RESPECTO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Febrero de 2004; Pág. 1085

Precedentes

Queja 227/2003. 23 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Ojeda Bohórquez. Secretario: Alejandro Gómez Sánchez. Nota: La tesis citada aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, mayo de 1997, página 226.

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