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VI.2o.C.369 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DIVORCIO. LA ACCIÓN FUNDADA EN LA NEGATIVA A PROPORCIONAR ALIMENTOS NO REQUIERE DEMOSTRAR LA POSIBILIDAD ECONÓMICA DEL CÓNYUGE DEMANDADO PARA MINISTRARLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Febrero de 2004; Pág. 1049

Precedentes

Amparo directo 354/2003. 24 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretaria: María del Rocío Chacón Murillo.

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