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I.9o.T.164 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

BANCO DE CRÉDITO RURAL DE OCCIDENTE. PARA EFECTOS DE DETERMINAR, EN EL MONTO DE UNA PENSIÓN JUBILATORIA EL AUMENTO EN UN NIVEL, SÓLO DEBE CONSIDERARSE EL SALARIO TABULAR.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Enero de 2004; Pág. 1467

Precedentes

Amparo directo 11019/2003. Hugo Vargas Melín. 29 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Emilio González Santander. Secretaria: María Teresa Negrete Pantoja.

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