III.5o.C.29 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. EXISTE UN VENCIMIENTO NATURAL, AUNQUE LAS PARTES NO LO HUBIERAN PACTADO, DEBIDO A LA NATURALEZA DEL SERVICIO A REALIZAR.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Junio de 2003; Pág. 954
Cuando la clase de servicio profesional que se solicita consiste en el inicio y terminación de un procedimiento de suspensión de pagos, sí existe un vencimiento natural para el cumplimiento de la obligación del pago de honorarios, justo cuando concluyó el trámite de dicho procedimiento aunque las partes no lo hubieran estipulado de esa manera, toda vez que hasta ese momento surgió el derecho a cubrir tales honorarios por haberse terminado el trabajo encomendado; máxime que no se trata de obligaciones en que los contratantes hayan omitido pactar el plazo para su vencimiento, dado que no podía señalarse un tiempo determinado por la naturaleza del servicio a prestar, puesto que su realización era incierta por depender de las diversas circunstancias que se presentaran en el proceso.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 10/2003. 6 de marzo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretaria: Alba Engracia Bugarín Campos.