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1a./J. 13/2003 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

AUTO DE FORMAL PRISIÓN. EN ÉL DEBEN INCLUIRSE LAS MODALIDADES O CALIFICATIVAS DEL DELITO, SIN PERJUICIO DE QUE TAMBIÉN SE EXAMINEN EN LA SENTENCIA QUE AL EFECTO SE DICTE.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Abril de 2003; Pág. 9

Precedentes

Contradicción de tesis 114/2001-PS. Entre las sustentadas por el Tercero y Quinto Tribunales Colegiados, ambos en Materia Penal del Primer Circuito. 7 de febrero de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juventino V. Castro y Castro. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Ismael Mancera Patiño. Tesis de jurisprudencia 13/2003. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de cinco de marzo de dos mil tres, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: presidente Juan N. Silva Meza, Juventino V. Castro y Castro, Humberto Román Palacios, José de Jesús Gudiño Pelayo y Olga Sánchez Cordero de García Villegas.

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