Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/185628

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 17 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 139/2004-PS en que participó el presente criterio.

III.3o.A.2 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
185628
Clave de tesis
III.3o.A.2 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1464

TERCERO PERJUDICADO SUPERVENIENTE. CUANDO EN EL RECURSO DE REVISIÓN SE ADVIERTE LA EXISTENCIA DE ALGUNA PERSONA QUE REVISTA ESE CARÁCTER, DEBE REPONERSE EL PROCEDIMIENTO PARA OTORGARLE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1464

Precedentes

Amparo en revisión 45/2001. Pleno del Consejo General Judicial del Estado de Jalisco y otras. 30 de abril de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretaria: María Estela Cerrillo Garnica. Nota: Por ejecutoria de fecha 17 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 139/2004-PS en que participó el presente criterio.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 185628