I.11o.C.30 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
POSESIÓN. LA PRUEBA DOCUMENTAL PUEDE CONSTITUIR UN INDICIO QUE, ADMINICULADO CON OTROS MEDIOS PROBATORIOS, PUEDEN LLEGAR A ACREDITARLA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Septiembre de 2002; Pág. 1415
Si bien existe jurisprudencia firme y reiterada de los tribunales federales en el sentido de que las pruebas documentales que se aporten con el fin de acreditar la posesión derivada no son las idóneas para acreditar el hecho material de la posesión, sino la prueba testimonial, lo cierto es que la documental puede constituir un indicio que, adminiculado con otros medios probatorios rendidos en autos, pueden llegar a demostrar plenamente el hecho material de la posesión de un inmueble.
DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 157/2002. Guadalupe de la Rosa de la Rosa. 22 de abril de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Fidel Quiñones Rodríguez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, diciembre de 1996, página 434, tesis I.3o.A.6 K, de rubro: "
POSESIÓN, ACREDITAMIENTO DE LA, A TRAVÉS DE DIVERSAS PRUEBAS DISTINTAS DE LA TESTIMONIAL
.".