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I.9o.T.151 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

JUBILACIÓN DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. LA AYUDA DE DESPENSA NO DEBE SER CONSIDERADA PARA EFECTOS DE SU CUANTIFICACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Septiembre de 2002; Pág. 1385

Precedentes

Amparo directo 5479/2002. Norma Alicia Ojeda López. 5 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Emilio González Santander. Secretario: J. Roberto Córdova Becerril. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 204/2008-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 12/2009, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, febrero de 2009, página 433, con el rubro: " AYUDA DE DESPENSA. NO DEBE CONSIDERARSE PARA EFECTOS DE LA CUANTIFICACIÓN DE LA PENSIÓN JUBILATORIA DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO ."

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