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2a./J. 12/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

AYUDA DE DESPENSA. NO DEBE CONSIDERARSE PARA EFECTOS DE LA CUANTIFICACIÓN DE LA PENSIÓN JUBILATORIA DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Febrero de 2009; Pág. 433

Precedentes

Contradicción de tesis 204/2008-SS. Entre las sustentadas por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 21 de enero de 2009. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Roberto Martín Cordero Carrera. Tesis de jurisprudencia 12/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiocho de enero de dos mil nueve.

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