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P./J. 21/2002 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

SUSPENSIÓN EN LOS JUICIOS REGIDOS POR LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. "INSTITUCIONES FUNDAMENTALES DEL ORDEN JURÍDICO MEXICANO" PARA EFECTOS DE SU OTORGAMIENTO.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 950

Precedentes

Reclamación 595/2001-PL, deducida del incidente de suspensión del juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal 2/2001. Subprocurador Fiscal Federal de Amparos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 25 de febrero de 2002. Once votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Guadalupe M. Ortiz Blanco. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy diecinueve de marzo en curso, aprobó, con el número 21/2002, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a diecinueve de marzo de dos mil dos.