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XIII.2o.8 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

AUTO DE FORMAL PRISIÓN. ES VIOLATORIO DE GARANTÍAS SI SE DICTA EN CONTRA DE UNA PERSONA QUE NO GUARDA IDENTIDAD CON QUIEN LOS DENUNCIANTES Y TESTIGOS DE CARGO SEÑALARON COMO AUTOR DEL DELITO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Enero de 2002; Pág. 1256

Precedentes

Amparo en revisión 370/2001. 5 de octubre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretaria: Ma. de los Ángeles Pombo Rosas.

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