Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
II.1o.P.92 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA CONDENA, BENEFICIO DE LA. SU CONCESIÓN NO DEBE CONDICIONARSE A LA EXHIBICIÓN DE LA GARANTÍA DENTRO DE DETERMINADO TIEMPO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Junio de 2001; Pág. 766

Precedentes

Amparo directo 469/2000. 28 de septiembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Arturo Sánchez Valencia. Secretario: Cuauhtémoc Esquer Limón.

→ Más tesis en materia penal