I.5o.P.16 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
COMPETENCIA PARA CONOCER SOBRE LA NEGATIVA A EXPEDIR COPIAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. CORRESPONDE A UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA PENAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Mayo de 2001; Pág. 1105
Cuando un indiciado al promover demanda de amparo señala como acto reclamado la negativa a expedir copias de la averiguación previa, aun cuando se trata de un acto formalmente administrativo, al ser emitido por el Ministerio Público, su naturaleza intrínseca es penal y conforme al artículo
51, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
, entraña el análisis de preceptos de esa materia que protegen derechos del quejoso, por lo que la competencia corresponde a un Juez de Distrito en Materia Penal y no Administrativa.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Competencia 155/2000. Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal y la Juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. 19 de enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hugo Luna Ramos. Secretario: Jorge Roberto Flores López.