I.1o.T.124 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RENUNCIA, DOCUMENTO EN EL QUE EL TRABAJADOR SE RETRACTA DE LA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Septiembre de 2000; Pág. 806
Si el trabajador presentó su renuncia al puesto que desempeñaba con una fecha determinada en la que surtiría sus efectos, pero posteriormente presenta ante el demandado escrito retractándose de dicha renuncia, la Junta no podía estimar como válido el primer documento, ya que si el trabajador cambió su decisión al retractarse de la renuncia antes de que surtiera sus efectos, la consecuencia es que en tales condiciones no existe la voluntad de dar por terminada la relación laboral y, por ende, el laudo en el que se le otorga valor probatorio a este último documento, es contrario a derecho y violatorio de las garantías individuales del trabajador quejoso.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 4521/2000. Aurora del Pilar Santos Matos. 9 de marzo de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Pallares y Lara. Secretario: Sergio Darío Maldonado Soto.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción de tesis 57/2000-SS
, resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 106/2000, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, abril de 2001, página 495, con el rubro: "
RENUNCIA AL TRABAJO A PARTIR DE UNA FECHA FUTURA. SI EL TRABAJADOR SE RETRACTA DE ELLA ANTES DE ESA FECHA, LA RENUNCIA NO SURTE EFECTOS
."