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II.T. J/4 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

HORAS EXTRAS. TRATÁNDOSE DE JORNADAS ESPECIALES NO DEBE ESTIMARSE INVEROSÍMIL SU RECLAMO.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Abril de 2000; Pág. 865

Precedentes

Amparo directo 560/98. Rafael González Esquivel. 5 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Secretario: René Díaz Nárez. Amparo directo 796/98. Juan José Martínez Escobar. 1o. de octubre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega. Amparo directo 482/99. Probimex, S.A. de C.V. 30 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretaria: Lidia López Villa. Amparo directo 656/99. Jesús Elizalde Jiménez. 28 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Leonor Heras Lara. Amparo directo 999/99. Óscar Raymundo Valdez Díaz. 20 de enero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Yolanda Leyva Zetina. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Materia del Trabajo, página 149, tesis 228, de rubro: " HORAS EXTRAS, RECLAMACIONES INVEROSÍMILES .".

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