XXII.1o. J/14 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
REVISIÓN, RECURSO DE, IMPROCEDENCIA DEL. POR CARECER DE COMPETENCIA EL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Febrero de 2000; Pág. 987
De los numerales
198, fracción II, en relación con el 49 de la Ley Agraria
, y
9o., fracción II, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios
, se desprende que no es competencia del Tribunal Superior Agrario conocer del recurso de revisión promovido por un ejidatario, o incluso por un grupo de ejidatarios, no obstante que lo que se haya demandado en el juicio agrario ante el a quo sea la restitución de parcelas ejidales o comunales, ya que dicho recurso de revisión se concreta, única y exclusivamente a la acción de restitución de tierras ejidales, para el núcleo de población ejidal o comunal; por tanto, en contra de la sentencia definitiva que emita un Tribunal Unitario Agrario derivado de un juicio sobre restitución de tierras promovido por un ejidatario o un grupo de ejidatarios, procede el juicio de amparo directo ante el Tribunal Colegiado que corresponda, mientras que el recurso de revisión ante el Tribunal Superior Agrario, es procedente cuando el juicio de origen es promovido por el núcleo de población ejidal o comunal.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 500/95. Salomón Gudiño Ochoa. 5 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés.
Amparo en revisión 345/96. Fidencio Mondragón Narváez. 3 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Sahuer Hernández. Secretario: E. Nicolás Lerma Moreno.
Amparo directo 1289/99. Pablo Morales Centeno. 18 de noviembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Reza Saldaña. Secretaria: Silvia Ivonne Solís Hernández.
Amparo directo 1266/99. Jesús Hernández Hernández. 2 de diciembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Isidro Pedro Alcántara Valdés, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.
Amparo directo 1270/99. Higinio Cruz Gabriel. 2 de diciembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Isidro Pedro Alcántara Valdés, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.