VII.2o.A.T. J/1 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
JUICIO DE AMPARO DIRECTO LABORAL. EMPLAZAMIENTO AL TERCERO PERJUDICADO POR CONDUCTO DE SU APODERADO, ES LEGAL.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Diciembre de 1999; Pág. 662
Es correcto el emplazamiento al juicio de amparo directo practicado al tercero perjudicado, por conducto de su representante legal o apoderado, que tenga tal calidad reconocida en los autos del juicio laboral del que emanan los reclamados, ya que de una correcta exégesis del artículo
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, en relación con el
13, de la Ley de Amparo
, dichas personas están autorizadas para ocurrir con la representación que ostentan al juicio de amparo, en defensa de los intereses de sus representados, pues cuando se tiene reconocida la personalidad ante la autoridad responsable la misma será admitida en el juicio de amparo para todos los efectos legales.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 529/99. Pedro Luis García Muñoz. 14 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretaria: Rosenda Tapia García.
Amparo directo 530/99. Yolanda Campos Ortiz. 14 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretaria: Rosenda Tapia García.
Amparo directo 541/99. José Ramón Fernández Orozco. 14 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretario: Pablo Pardo Castañeda.
Amparo directo 547/99. Gaudencio García Sánchez. 14 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretario: Pablo Pardo Castañeda.
Amparo directo 551/99. Comisión Federal de Electricidad, Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas Laguna Verde. 14 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretario: Pablo Pardo Castañeda.