VII.2o.A.T.6 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
VIOLACIÓN A LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LOS ACTOS RECLAMADOS, INCIDENTE DE. INFORME NEGATIVO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 1362
Si la parte quejosa afirmó que la autoridad responsable realizó actos que violaron la suspensión definitiva otorgada en su favor, y la referida autoridad, en su informe respectivo, negó haber efectuado acto alguno tendente a desobedecer la medida cautelar de que se trata, era a dicha quejosa a la que correspondía probar su afirmación, con base en el principio general de derecho consistente en que quien afirma debe probar su dicho.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 43/99. San Carlos Comercial, S.A. de C.V. 3 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Mendoza Sánchez. Secretario: Alejandro Quijano Álvarez.