Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/193930
I.2o.A.21 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
193930
Clave de tesis
I.2o.A.21 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 1086

TRIBUNALES AGRARIOS. NO ESTÁN OBLIGADOS A ACUDIR ANTE ELLOS LOS NÚCLEOS EJIDALES O COMUNALES, PREVIAMENTE AL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 1086

Precedentes

Amparo en revisión 4492/98. Poblado Indígena San Mateo Tlaltenango, Delegación Cuajimalpa, Distrito Federal. 26 de febrero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Anastacio Ochoa Pacheco.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia administrativa

Registro digital (IUS): 193930