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XII.2o.11 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SENTENCIA DICTADA POR LOS TRIBUNALES AGRARIOS. PROCEDE SU EJECUCIÓN SIN QUE SEA REQUISITO PREVIO QUE TRANSCURRAN LOS PLAZOS PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Septiembre de 2000; Pág. 811

Precedentes

Amparo en revisión 287/99. José Rafael Morales Ramírez. 3 de julio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: José Elías Gallegos Benítez. Secretaria: Nelda Gabriela González García.

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