II.2o.C.164 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ACCIÓN REIVINDICATORIA. PROCEDE AUNQUE EL DEMANDADO ESTÉ EN POSESIÓN SÓLO DE UNA FRACCIÓN DEL INMUEBLE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Abril de 1999; Pág. 485
Cuando se ejercite la acción reivindicatoria respecto de una parte del bien que le pertenece al demandado y queda acreditado que el enjuiciado está en posesión de una fracción del inmueble, debe considerarse que aun así tal acción resulta procedente, en razón a que puede reivindicarse la porción que ocupen los demandados de la totalidad del bien, aunque la accionante tenga en posesión otra parte. Consecuentemente, debe estimarse que la sentencia que condena al reo a la entrega de la fracción ocupada por el enjuiciado es apegada a derecho, por ser ello congruente con la litis planteada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 766/98. Guadalupe Torres Villalpando. 23 de febrero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretario: José Valdez Villegas.